¿En qué consiste la tasa de autobús turístico?
- Se trata de una tasa que afecta a los autobuses de servicio discrecional que traen visitantes a la ciudad de Toledo y estacionen en los lugares determinados para subida y bajada de turistas.
- Objetivo:
- Mejorar los servicios públicos.
- Favorecer una movilidad más sostenible y ordenada en el centro histórico.
Tarifa según capacidad de los vehículos
- 9 a 20 plazas: 25 € al día
- 21 a 54 plazas: 75 € al día
- 55 plazas en adelante: 125 € al día
Zonas habilitadas para la parada/estacionamiento
- Dársenas de Safont (Ronda del Granadal)
- Paseo de Recaredo, junto a la Hacienda del Cardenal
- Puente de San Martín

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* Importante:
- NO estará permitida la parada o estacionamiento en la Plaza de Zocodover ni su entorno.
¿Por qué se implanta esta tasa?
- Mantenimiento de servicios públicos: La recaudación permitirá mantener y mejorar espacios urbanos y servicios esenciales, como limpieza, seguridad y atención turística.
- Protección del patrimonio: Contribuirá a la conservación del casco histórico y monumentos, reduciendo la presión turística en las zonas más sensibles.
- Movilidad sostenible: Se pretende fomentar un turismo menos invasivo y más respetuoso con el medioambiente, al ordenar el tráfico de autobuses y reducir la saturación del centro.
- Mejora de infraestructuras: Los ingresos se invertirán, en parte, en proyectos de modernización del transporte, señalización e instalaciones para visitantes, lo que hará más cómoda la experiencia turística.
ℹ️Pago para residentes en España
ℹ️ Pago para no residentes en España
🔴 Gestión de Exenciones:
Este procedimiento permite registrar las solicitudes detallando obligatoriamente los siguientes aspectos:
- Matrícula del vehículo.
- Fecha prevista de la visita.
- Documentación justificativa que acredite el derecho a la exención.
Cada solicitud recibida será despachada directamente al registro de Policía Local, encargada de tramitar su resolución. Posteriormente, la notificación sobre la resolución de la exención será remitida al solicitante mediante su buzón digital correspondiente.
El formulario de solicitud de exención se encuentra accesible en la siguiente dirección: CATÁLOGO DE PROCEDIMIENTOS
🔴 ACLARACIONES A LA TASA POR OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA EN PARADAS DESTINADAS A AUTOBUSES QUE TRANSPORTAN TURISTAS 🔴
1. ¿Qué lugares están vinculados al pago de la tasa por ocupación de vía pública para autobuses que suben y bajan turistas?
Solo pagan la tasa los que paren en los sitios determinados en la Ordenanza:
- Ronda del Granadal
- Hostal el Cardenal
- Puente de San Martín
En los demás lugares NO se paga el canon.
2. ¿Hay alguna excepción para el pago de la tasa?
No pagan tasa y quedan exentos debiendo solicitar dicha exención:
- Viajes o excursiones de escolares y menores sujetos al RD 443/2001 de transporte escolar, sean de colegio, discrecional, etc. (si son niños, no pagan).
- Servicios de la Diputación.
- Servicios discrecionales de asociaciones, clubes deportivos, sociales, religiosos y culturales con domicilio en la ciudad de Toledo.
3. ¿Qué servicios pagan en todo caso?
Están obligados a pagar la tasa por estacionamiento en los lugares determinados en la ordenanza:
- Servicios discrecionales, aunque tengan estancia en algún hotel de la ciudad de Toledo, cuando paren en alguno de los tres puntos autorizados para subir o bajar pasajeros.
- Servicios discrecionales de asociaciones, clubes deportivos, sociales, religiosos y culturales con domicilio fuera de Toledo (que no sean escolares o menores).
- Cualquier servicio discrecional (no de menores o escolares) que efectúe parada en uno de los tres puntos autorizados.
4. ¿Hay algún supuesto específico?
Casos especiales:
- Un mismo servicio que se realice con dos vehículos diferentes (uno para dejar y otro para recoger pasajeros) abonará una sola tasa. Debe comunicarse por email.
- Las excursiones y visitas nocturnas que inicien después de las 17:00 h. y terminen antes de las 05:00 h. del día siguiente podrán pagar una sola tasa, previa comunicación por email (policialocal@toledo.es)
5. ¿La tasa se paga en función del número de plazas del vehículo o del número de viajeros?
Se aplica el baremo del canon según el número de plazas que figure en el permiso de circulación del autobús, no en la ficha técnica.