Prestación de Ayuda a Domicilio - Ayuntamiento de Toledo

La Prestación de Ayuda a domicilio.

La Prestación de ayuda a domicilio es una prestación básica del Sistema Público de Servicios Sociales compuesta por un conjunto de intervenciones profesionales, de carácter preventivo y rehabilitador, que persiguen la atención de situaciones de dependencia en el entorno del domicilio habitual, fomentando la autonomía personal y favoreciendo la complementariedad de la familia y las redes de apoyo a la misma.

Su finalidad esencial es la prestación de apoyo personal, doméstico, psicosocial, educativo y técnico, orientado a facilitar a las personas y unidades familiares un mayor nivel de autonomía, según su situación de convivencia.


¿A quién va dirigido?.

El destinatario básico es la familia, siendo los beneficiarios prioritarios:

  • Personas Mayores con dificultades de autonomía personal o que vivan solas y requieren apoyo para permanecer en su hogar.
  • Personas con Discapacidad, de cualquier edad, con limitaciones importantes de autonomía personal.
  • Menores cuyas familias no pueden proporcionarles los cuidados adecuados a su situación.

¿En qué consiste?.

El Servicio de Ayuda a Domicilio puede incluir, dependiendo de cada caso, las siguientes prestaciones:

  • Básicas de carácter personal y doméstico:
    • Movilización, aseo personal y vestido
    • Apoyo en las tareas cotidianas en la vivienda
    • Realización de compras, preparación de comidas.
    • Gestiones médicas y apoyos educativos.
  • Prestaciones complementarias: atención psicosocial, movilidad, información y gestión.
  • En casos extraordinarios, pudiera considerarse la prestación de apoyo personal durante fines de semana y festivos para movilización, aseo personal y vestido.

Profesional del SAD. Auxiliares de ayuda a domicilio

    El auxiliar de ayuda a domicilio es un profesional cualificado mediante titulación oficial, que realiza servicios integrales y polivalentes dirigidos a las personas con falta de autonomía personal y que requieren  cuidados en actividades de la vida diaria.

   Los auxiliares de ayuda a domicilio realizan numerosas actividades en el hogar  con el único objetivo de mejorar la calidad de vida de las personas, sin restarles autonomía y proporcionando el apoyo  psicosocial necesario.

  Favorecen la adquisición de habilidades y son los encargados de ejecutar el proyecto de intervención en colaboración con la familia, desde el respeto a los derechos fundamentales de las personas.


Requisitos de acceso.

  • Ser residente y estar empadronado en el municipio de Toledo.
  • Tener reconocida la situación de dependencia y haber obtenido grado en vigor, haber sido valorado por los Servicios Sociales de Atención Primaria  y encontrarse en situación de necesidad de acuerdo a un baremo, en el que se valoran los siguientes aspectos:
    • Grado de autonomía personal o familiar.
    • Situación socio familiar.
    • Situación económica.
    • Edad.
DEBERÁ ACUDIR A LOS SERVICIOS SOCIALES DE ZONA PARA OBTENER LA INFORMACIÓN QUE PRECISE Y EN SU CASO PROCEDER A   SU TRAMITACIÓN
Procedimiento.

Una vez concedido el servicio, la empresa concesionaria será la encargada de facilitar la persona que acudirá a su domicilio, en la frecuencia que establezcan los técnicos municipales así como de supervisar el correcto desarrollo del servicio a través de sus trabajadores sociales coordinadores.

La profesional que acuda a su domicilio contará con la titulación en atención socio sanitaría a personas en el domicilio.

Todas las gestiones de este servicio se canalizarán a través del trabajador social de la zona en la que viva el solicitante.

El coste del servicio para la persona receptora se calcula en función de la capacidad económica del interesado, teniendo en cuenta la aplicación de la correspondiente ordenanza de precios.

LA EMPRESA CONCESIONARIA DEL SERVICIO ES SERVEO. C/ Berna, 1-1ª planta. 45005- TOLEDO

LOS USUARIOS DEBEN CONTACTAR EN EL SIGUIENTE TELEFONO: 925. 25 66 57 horario de 8 a 15 horas. 

TELEFONO DE ATENCION GRATUITA 900 102 176 resto de horario de oficina.

Información en Centros de Servicios Sociales y en el teléfono de la coordinadora municipal 925.33 03 57


 Normativa

  • Orden de 22/01/2003, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regulan y actualizan las prescripciones técnicas y el baremo de acceso del Servicio de Ayuda a Domicilio y Teleasistencia, modificada por Orden de 19 de enero de 2004, (DOCM 12 de 28-01-2004), por Orden de 27 de febrero de 2006, (DOCM 53 de 10-03-2006) por Orden de 20 de febrero de 2007 (DOCM 45 de 01-03-2007)
  • Ley 39/2006 de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a personas en situación de dependencia.
  • Resolución de 13 de julio de 2012 de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, BOE de 3 de agosto de 2013, por la que se publica el acuerdo del Consejo Territorial del Sistema de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
  • Orden de 02/03/2016, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifica la orden de 29/08/2014, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, sobre los convenios de colaboración con las entidades locales y otras entidades de derecho público para la prestación de los servicios de ayuda a domicilio.