Información sobre transporte terrestre de viajeros - Ayuntamiento de Toledo

VIAJAR EN TRENttviajeros

Si queremos reservar un billete para viajar en tren, podemos efectuar dicha reserva en la propia estación, por teléfono o por Internet.

Si queremos anular el billete y se realiza en la estación de origen o en una dependencia con interconexión electrónica, puede efectuarse hasta 15 minutos antes de la salida.

Si la anulación se realiza en el resto de las estaciones, puede efectuarse hasta una hora antes de la salida.

El importe a devolver cuando se realiza una anulación depende de la tarifa aplicable al día (día azul, blanco o rojo) y oscila entre el 15% y el 25% del precio del billete.

Si quien realiza la anulación del billete es la empresa de transporte, ésta deberá devolver al usuario la totalidad del billete.

Información del billete

En el billete del tren deben constar los siguientes datos:

  1. Datos de la empresa de transporte
  2. Fecha de expedición del billete
  3. Fecha del viaje
  4. Clase en que realiza el trayecto
  5. Plaza del asiento
  6. Tipo de tren
  7. Trayecto del viaje
  8. Tarifa aplicada
  9. Forma de pago
  10. Consejos adicionales
  11. Precio total del billete
  12. Inclusión de IVA y SOV (Seguro Obligatorio de Viajeros)
  13. Número de billete y reserva

El usuario deberá conservar el billete hasta el final del trayecto, por que se lo pueden requerir en cualquier momento del trayecto y en caso de formular cualquier reclamación se deberá aportar el mismo.

Pérdida de equipaje

Si se produce la pérdida de una maleta en un viaje en tren y dicho tren es de cercanías, regional o grandes líneas, no existe obligación de indemnizar por la pérdida o robo por que el equipaje no se factura.

Si el viaje lo realizamos en AVE y se pierde nuestra maleta, se nos indemnizará por pérdida o robo del equipaje facturado hasta un total de 300 euros por bulto.

Retrasos

Cuando se produce un retraso en la llegada de un tren a su destino, la responsable es la compañía ferroviaria, excepto si el retraso está originado por causas de fuerza mayor (inclemencias meteorológicas etc). En general, si la demora en la llegada del tren a su destino es superior a una hora, el usuario tiene derecho a que se le abone el 50% del importe de su billete, mientras que si este retraso es superior a una hora y media puede reclamar la totalidad de lo pagado por el viaje. En el caso de que hayamos adquirido un billete para una combinación de trenes y se pierda el enlace con uno de ellos como consecuencia de un retraso, tenemos derecho a la devolución del dinero abonado o al pago de los gastos de hospedaje y/o manutención hasta que se produzca la posibilidad de enlazar con el mismo.

Seguro obligatorio de viajeros

Todos los transportes públicos de pasajeros por autobús, por ferrocarril o por cable que se realicen por territorio español o que, al menos, tengan su inicio dentro de él, están cubiertos por el Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV), cuyo precio debe estar incluido en el del billete. El SOV cubre los accidentes producidos dentro del tren aunque el viaje aún no se haya iniciado o haya concluido ya, así como al entrar o salir del tren. La cobertura garantizada por el SOV comprende asistencia sanitaria e indemnizaciones cuando se produzca muerte, invalidez permanente o incapacidad temporal.

Para poder beneficiarnos de esta medida, deberemos dar parte al seguro en un periodo de 30 días desde el accidente y tendremos que presentar el billete.

Procedimiento para reclamar

Si surgen problemas, el procedimiento para reclamar debe ser el siguiente:

  1. Intentar solucionar directamente el problema con el prestador del servicio de transporte. Los prestadores del servicio de transporte deben disponer de hojas de reclamaciones a disposición de los usuarios. Todas las estaciones de tren cuentan con hojas de reclamaciones a nuestra disposición.
  2. Si no llegamos a ningún acuerdo y se trata de una cuestión de contenido económico en materia de transporte terrestre, es conveniente acudir a las Juntas Arbitrales de Transporte. La intervención de las Juntas Arbitrales del Transporte es gratuita y no es necesaria la asistencia de abogado ni procurador para acudir a ellas. Los laudos o resoluciones arbitrales son ejecutivos y de obligado cumplimiento.
  3. También es posible acudir al sistema arbitral de consumo.
  4. En última instancia, podemos acudir a la vía judicial.

En cualquier caso, están a nuestra disposición las OMICS, el Servicio Provincial de Consumo del Instituto de Consumo de Castilla-La Mancha y las Asociaciones de consumidores y usuarios.

VIAJAR EN AUTOBÚS

La venta de los billetes se suele realizar aproximadamente media hora antes de la salida del autobús.

  • Aunque la venta de billetes sea anticipada, se debe reservar al menos un 20% de las plazas para el día de la salida.
  • Si el billete se anula 48 horas antes de la salida, se percibirá el 90% del importe. Si se anula entre 48 y dos horas antes, se recuperará el 80% y si se anula con menos de dos horas de antelación, no tendremos derecho a ninguna devolución.

El billete de autobús debe contener la siguiente información:

  1. Datos de la empresa de transporte
  2. Tarifa
  3. Trayecto del viaje
  4. Fecha
  5. Número de coche
  6. Asiento a ocupar
  7. Precio total del billete
  8. Inclusión de IVA y SOV (Seguro Obligatorio de Viajeros)
  9. Información adicional

Equipaje

  • Cada persona puede transportar de forma gratuita hasta 30 Kgs de equipaje.
  • Si se produce pérdida o deterioro de nuestro equipaje, la empresa deberá indemnizar con la cantidad fija, previamente establecida por cada kilo de equipaje.
  • Si en nuestro equipaje llevamos objetos de valor, es aconsejable hacer una declaración previa de los mismos. Esta declaración supone pagar una prima adicional en función del valor declarado, pero así tendremos derecho a una indemnización mayor, en relación al valor declarado.

Retrasos

Si se produce un retraso que implica la pérdida de un enlace o combinación confirmada, tenemos derecho a solicitar una indemnización por daños y perjuicios.

Si se produzca una avería u otra causa que impida que podamos realizar el viaje, la empresa deberá reparar el vehículo, facilitar otro para concluir el recorrido o bien, asumir los gastos de alojamiento y/o manutención hasta que se pueda reanudar el viaje.

Seguro obligatorio de viajeros

Los transportes públicos de viajeros por autobús, ferrocarril o por cable que se realicen por territorio español o que tengan su inicio en territorio español tienen cobertura por el Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV), cuyo precio debe estar incluido en el precio del billete. El Seguro Obligatorio de Viajeros cubre los accidentes dentro del autobús aunque el viaje no se haya iniciado o haya concluido ya, así como al entrar o salir del autobús. La cobertura garantizada por el SOV comprende asistencia sanitaria e indemnizaciones cuando se produzca muerte, invalidez permanente o incapacidad temporal.

Si se produce algún accidente cubierto por dicho seguro, para poder beneficiarnos de esta medida, deberemos dar parte al mismo en un plazo de 30 días desde el accidente, debiendo aportar el billete correspondiente.

Precauciones a tomar en el transporte en autobús

El usuario deberá conservar el billete durante todo el trayecto, puesto que nos puede ser requerido en cualquier momento y será necesario en caso de tener que presentar cualquier reclamación. Si la hora de salida del autobús está prefijada, debemos llegar al lugar de salida con antelación suficiente.

Tenemos que pedir el correspondiente resguardo al facturar el equipaje, teniendo además derecho a exigir que el vehículo esté en adecuadas condiciones de higiene, limpieza y uso y que el viaje se ajuste a lo contratado en cuanto a vehículo, ruta, horario, etc…

Antes de adquirir un billete debemos informarnos sobre las tarifas aplicables, reducciones o descuentos si los hubiera y comprobar que los datos que constan en el billete son los correctos. Si llevamos consigo objetos de valor, conviene declararlos para evitar incidentes en caso de pérdida o deterioro.

Procedimiento para reclamar

Si surgen problemas, el procedimiento para reclamar debe ser el siguiente:

  1. Intentar solucionar directamente el problema con el prestador del servicio de transporte. En las estaciones de autobuses existen hojas de reclamaciones a disposición de los usuarios.
  2. Si no llegamos a ningún acuerdo y se trata de una cuestión de contenido económico en materia de transporte terrestre, es conveniente acudir a las Juntas Arbitrales de Transporte. La intervención de las Juntas Arbitrales del Transporte es gratuita y no es necesaria la asistencia de abogado ni procurador para acudir a ellas. Los laudos o resoluciones arbitrales son ejecutivos y de obligado cumplimiento.
  3. También es posible acudir al sistema arbitral de consumo.
  4. En última instancia, podemos acudir a la vía judicial.

En cualquier caso, están a nuestra disposición las OMICS, el Servicio Provincial de Consumo del Instituto de Consumo de Castilla-La Mancha y las Asociaciones de consumidores y usuarios.

VIAJAR EN TAXI

Las tarifas máximas que pueden cobrar los taxis están reguladas y son de obligado cumplimiento para los taxistas. Dichas tarifas deben ir colocadas en un lugar visible del interior del taxi.

Las tarifas, que suelen recoger precios superiores cuando el servicio se realiza en festivo o en horario nocturno, pueden comprender los conceptos siguientes:

  • La llamada bajada de bandera, que es el precio indicado por iniciar el servicio y, en su caso, la tarifa mínima a cobrar por cada carrera.
  • La tarifa por kilómetro recorrido.
  • La tarifa por hora de espera.
  • Suplementos y tarifas especiales. Por ejemplo, por aeropuerto.

El funcionamiento del taxímetro se rige por la tarifa por kilómetro recorrido o por la tarifa por hora de espera, pero nunca podrá regirse por las dos a la vez.

El usuario del taxi tiene derecho al transporte gratuito del equipaje, que no podrá exceder de 50 kilos para los vehículos de hasta cuatro plazas y de 60 para los de superior capacidad, siempre que el volumen del mismo permita introducirlo en el maletero o situarlo en la baca del vehículo sin contravenir los reglamentos de tráfico. Cuando no se use el número total de plazas, se podrá aumentar en 30 kilos por asiento vacío, siempre que podamos meter el equipaje en el interior del vehículo. Los excesos de peso fuera de estos márgenes serán abonados.

Los servicios se contratan en régimen de alquiler de coche completo y el taxista debe llevarnos al destino solicitado sin recorrer mayores distancias que las necesarias. Tenemos derecho a exigir al taxista un recibo por el servicio prestado.

Procedimiento para reclamar

Si surgen problemas, el procedimiento para reclamar debe ser el siguiente:

  1. Intentar solucionar directamente el problema con el prestador del servicio de transporte. Los prestadores del servicio de transporte deben disponer de hojas de reclamaciones a disposición de los usuarios.
  2. Si no llegamos a ningún acuerdo y se trata de una cuestión de contenido económico en materia de transporte terrestre, es conveniente acudir a las Juntas Arbitrales de Transporte. La intervención de las Juntas Arbitrales del Transporte es gratuita y no es necesaria la asistencia de abogado ni procurador para acudir a ellas. Los laudos o resoluciones arbitrales son ejecutivos y de obligado cumplimiento.
  3. También es posible acudir al sistema arbitral de consumo.
  4. En última instancia, podemos acudir a la vía judicial.

En cualquier caso, están a nuestra disposición las OMICS, el Servicio Provincial de Consumo del Instituto de Consumo de Castilla-La Mancha y las Asociaciones de consumidores y usuarios.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Quién tiene la responsabilidad de vigilar los bultos de mano y equipajes en el interior de un autobús?

La vigilancia de los bultos de mano corresponde únicamente al viajero, siendo de su cuenta los daños que éstos puedan sufrir mientras se encuentren a bordo del vehículo, salvo que pruebe la responsabilidad de la empresa transportista, en cuyo caso se aplicaría una limitación máxima de 14,5 euros por kilogramo. Si no existe pacto expreso sobre cuantías o condiciones diferentes, la responsabilidad de la empresa transportista por pérdidas o averías de los equipajes de viajeros se limitará como máximo a 14,5 euros por kilogramo. (Art. 3.2 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres).

 

¿Qué ocurre si el autobús se retrasa o se cancela?

Si la salida del autobús se cancele o se retrase más de 120 minutos, el viajero tendrá derecho a que el transportista se haga cargo de la continuación, el recorrido alternativo o el reembolso. El reembolso cubrirá el coste total del billete, al precio que se haya pagado, de la parte o partes del viaje que no se hayan realizado y de la parte o partes realizadas, si el viaje ya no tiene razón de ser para los fines de la ruta original del viajero.

 

¿Tengo derecho a indemnización por el retraso de un tren?

Si el retraso en la llegada a destino de un tren es por tiempo superior a una hora, el viajero tendrá derecho a una indemnización del 50% del precio del título de transporte utilizado. Si el retraso supera la hora y treinta minutos, la indemnización será del 100% del precio.

Si no alcanza un acuerdo amistoso entre las partes, el viajero podrá reclamar por vía judicial los daños y perjuicios ocasionados con la cancelación del viaje o el retraso en su llegada al destino. (Artículos 89 RD 2387/2004).

 

Si un tren de alta velocidad-larga distancia se retrasa ¿tengo derecho a alguna indemnización?

Salvo en los supuestos de fuerza mayor, de acuerdo a la legislación vigente, en caso de retraso en la llegada a destino por tiempo superior a una hora, el viajero tendrá derecho a una indemnización equivalente al cincuenta por ciento del precio del billete. Cuando el retraso supere la hora y treinta minutos, la indemnización será equivalente al total de dicho precio.

Sin perjuicio de lo anterior Alta Velocidad y Larga Distancia podrán establecer con carácter general a sus clientes compensaciones más ventajosas a las anteriormente