En este ejercicio 2017, la Tesorería Municipal ha introducido algunas novedades en las Cartas de pago o Recibos de algunos tributos.
Únicamente para aquellos tributos no domiciliados.
En el caso de tributos de carácter periódico, como el Impuesto Sobre Vehículos, Bienes Inmuebles (IBI), Tasa de Recogida de Basuras, Impuesto Actividades Económica o la Tasa de Vado Permanente, se habilitan dos periodos para realizar el pago de dichos recibos y recogen dos opciones para el pago:
Primera opción – Periodo voluntario: Durante el periodo voluntario Vd. podrá pagar sus recibos sin ningún tipo de recargo. (Ver ejemplo)
Segunda opción – Periodo ejecutivo: Una vez vencido el periodo voluntario Vd. podrá pagar con el mismo documento su recibo incrementado en un 5% de recargo hasta la fecha límite de pago. (Ver ejemplo)
EJEMPLO: Impuesto sobre Vehículos de este ejercicio 2017:
Fecha Límite | Emisora | Modo | Referencia | Identificación | Importe a Ingresar | |
Primera Opción | 02/05/2017 | 451680 | 2 | 17002816166 | 5073177122 | 133,30 |
Segunda Opción | 01/06/2017 | 451680 | 2 | 17002819999 | 9073177122 | 139,97 |