El concejal de Hacienda, Francisco Martín Cabeza, explicó momentos previos al inicio del pleno que esta reducción del precio de la O.R.A en la tarifa ordinaria sitúa a Toledo como “la ciudad de España que ofrece este servicio más barato”.
Con esta medida se pretende favorecer de forma clara a los residentes en la ciudad a la hora de utilizar este servicio de estacionamiento regulado. La tarifa ordinaria queda fijada en 0,80 €/hora, mientras que la tarifa toledana se fija en 0,40 €/hora. Además, se establece una bonificación del 100% en la tarjeta de residentes para los miembros de familias numerosas.
La modificación de las Ordenanzas Fiscales se refleja también en otros apartados de la siguiente manera:
IBI
El tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para 2011 queda fijado en el 0,43% (a aplicar sobre la base liquidable del Impuesto), lo que supone una reducción del 6,5% sobre el tipo vigente en 2010. Con esta reducción, “el tipo de este impuesto se ha reducido en esta legislatura un 29,6% con la finalidad de atenuar los efectos de la revisión de valores catastrales que entró en vigor el 1 de enero de 2008”, ha manifestado el concejal de Hacienda. Además, se mantiene el fraccionamiento en 3 plazos (del 50, 25 y 25% de la cuota) para 2011, con la condición de que el recibo del impuesto sea domiciliado
Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos
Asimismo, para 2011 se establece una reducción del 45% del valor de los terrenos, a los efectos de este impuesto. Esta reducción está dentro de lo previsto en la Ley de Haciendas Locales, que establece que ante revisiones catastrales se pueda establecer una reducción entre el 40 y el 60% durante los 5 primeros años. En este sentido, Martín Cabeza ha indicado que el primer año (2008) se optó por aplicar la máxima reducción del 60% para ir bajando 5 puntos cada año, hasta el final de la reducción que será en 2013.
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
En este impuesto se mantienen las mismas cuantías que en 2010 con una excepción. El concejal ha recordado que este impuesto no ha sufrido modificación, en cuanto a sus cuantías, desde 2009 y que en esta legislatura, este impuesto para los vehículos de más de 16
caballos fiscales y las motocicletas de más de 500cc, ha experimentado una subida del 6,4%, mientras que para el resto de vehículos (la mayoría) la subida ha sido de sólo el 2,2%.
La excepción al mantenimiento de las mismas cuantías que en 2010 viene motivada por la introducción de una política de sostenibilidad ambiental, encaminada a primar, por un lado, aquellos vehículos menos contaminantes, y por otro, a introducir una tributación menos favorable para aquellos que más contaminan.
En este sentido, se introduce una bonificación del 50% de la cuota durante los 4 años naturales siguientes a la primera matriculación de aquellos vehículos cuyas emisiones de CO2 no superen los 120 gramos/km. Esta bonificación operará no solamente para las nuevas matriculaciones, sino para aquellas que no hayan transcurrido los 4 años naturales desde dicha matriculación.
Paralelamente, se aumenta el coeficiente aplicable a aquellos vehículos turismos con una potencia fiscal superior a los 16 CVF y las motocicletas con una cilindrada superior a 500 cc. El coeficiente pasa a ser 2, desde el 1,95 vigente en 2010.
Suministro de agua
Para 2011 se mantienen las mismas tarifas que las vigentes en 2010 y en 2009