Resolución de 30/04/2018, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas destinadas a impulsar la modernización, mejora y promoción del comercio minorista en Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2018. Extracto BDNS (Identif.): 398298. [2018/5817]
- Objeto: La presente Resolución tiene por objeto aprobar y efectuar la convocatoria de ayudas destinadas a impulsar la modernización, mejora y promoción del comercio minorista en Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2018, con la finalidad de potenciar la actividad comercial minorista de nuestra región, consolidar el tejido empresarial existente, estimular el empleo en el sector e incrementar su competitividad y rentabilidad.
- Líenas subvencionables:
a) Línea para la modernización y mejora del comercio minorista: Esta línea tiene por objeto la incorporación de nuevas tecnologías al comercio minorista, destinadas a la mejora de la gestión empresarial, así como el fomento de la presencia en internet a través del comercio electrónico, y apoyar al comerciante en la mejora de su imagen comercial, de manera que les produzcan un salto cualitativo y mejoren su competitividad.
b) Línea para la promoción del comercio minorista. Esta línea tiene por objeto incentivar a las asociaciones de comerciantes para coordinar las diversas actividades conjuntas de los establecimientos comerciales minoristas, con la finalidad de que éstos ofrezcan a los ciudadanos una oferta comercial continuada, plural, especializada y competitiva.
2. Son actuaciones subvencionables las que se recogen en los artículos 12.1 y 15.1 de la Orden 41/2018, de 8 de marzo.
3. La cuantía de la subvención que podrá concederse para ambas líneas no podrá superar el 70% del gasto que se considere subvencionable.
- Beneficiarios: Podrán acceder a la condición de beneficiario de las ayudas:
a) En la línea para la modernización y mejora del comercio minorista: las personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica, que desarrollen una actividad comercial minorista incluida en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el anexo de las bases reguladoras aprobadas por Orden 41/2018, de 8 de marzo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. No podrán ser beneficiarias de esta línea las asociaciones de comerciantes previstas en la letra b).
b) En la línea para la promoción del comercio minorista: las asociaciones de comerciantes cuyos asociados sean personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica, que desarrollen una actividad comercial minorista incluida en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el anexo de las bases reguladoras aprobadas por Orden 41/2018, de 8 de marzo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo
- Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 17 de junio de 2018.