Descargar, cumplimentar y guardar el formulario y en su caso, los anexos o documentación asociada.
Realizar el pago correspondiente en la Oficina Virtual Tributaria.
Realizar el registro del trámite.
Cambio de uso de inmuebles, viviendas, locales y garajes.
En cualquier momento anterior a su puesta en uso o, en otro caso, con anterioridad a formular solicitud de licencia de obra para su adaptación al nuevo uso propuesto.
3 Meses
Abono de la tasa establecida en el artículo 5 de la Odenanza Fiscal nº 8, Reguladora de la tasa por licencias urbanísticas y por la prestación de servicios públicos municipales de orden urbanísticos.
- Modificación núm. 28 del Plan General de Ordenación Urbana de 1986 (BOP. núm. 8 de 11/01/2019).
- Normativa urbanística específica en función del emplazamiento del inmueble.
Junto con el formulario de solicitud, deberá aportarse la siguiente documentación:
- Plano de planta del estado actual y del estado propuesto con la distribución de la vivienda o local de que se trate, especificando superficies, etc.
- Justificación suscrita por técnico competente del cumplimiento de la normativa que se contiene en el artículo 2.15.7 del Plan Especial del Casco
- Histórico de Toledo -modificación puntual núm. 8 BOP. de 11 de enero de 2019- (en el caso de inmuebles ubicados en el Casco Histórico de la ciudad y el cambio de uso suponga la creación de nuevas viviendas)
- Documento acreditativo del pago de la tasa.
Potestativo de reposición – 1 mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica se produzca el acto presunto.
Contencioso Administrativo.- 2 meses, desde el día siguiente al de notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso; 6 meses (actos presuntos) a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo a su normativa específica, se produzca el acto administrativo presunto