Descargar, cumplimentar y guardar el formulario y en su caso, los anexos o documentación asociada.
Realizar el registro del trámite.
Obtención certificado de empadronamiento de personas fallecidas
Plazo abierto de manera continuada
3 Meses
DNI, o pasaporte, o tarjeta de extranjero, o tarjeta de identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea, tanto del fallecido como del solicitante. En todos los casos, deberá presentarse además certificado de defunción expedido por el Registro Civil o la página del libro de familia en que figura registrado el fallecimiento, así como, el documento de acreditación de interés legítimo, como pueden ser entre otros:
Cuando la persona solicitante sea persona jurídica (por ejemplo, una gestoría) u otros profesionales (por ejemplo, un/a abogado/a), se deberá aportar la fotocopia de los documentos que acrediten que actúan en representación de los interesados legítimos
Recurso potestativo reposición.
Recurso contencioso-adminisrativo.