1824, abril, 18. Toledo. Bando dado por Juan María Ruano, corregidor de Toledo, dando normas sobre el comportamiento del público en el teatro de la ciudad. Papel, 1 hoja.
Don Juan María Ruano, del Consejo de Su Majestad, su Correxidor, Justicia mayor, y Capitán a guerra // de esta Ymperial Ciudad de Toledo, y su Jurisdición: // Hago saver a todos los vecinos, y moradores de la misma, que para conseguir el fin de // lícita diversión en las funciones teatrales, y que sea con el mayor orden, mando que // antes de las representaciones, durante ellas, y después de concluirse, no se fume, encienda // yesca; arrojen de una parte a otra cáscaras de naranja, ni otra especie, que no se pal // motee, grite, ni de voces, que no se pida más que lo se ofrezca hacer. Que no se vier // tan palabras torpes, obscenas, ni escandalosas; Que no se traigan Armas de fuego, blan // cas, ni palos, que no entren en el vestuario más sujetos que los operarios que con precisi // ón tienen que verificarlo; Y finalmente que se observe toda moderación, circunspecci // ón, compostura y tranquilidad, sin dar pábulo al más leve disgusto; confiando Su Se // ñoría de la fidelidad de este heroico vecindario procurará esmerarse en repetir Pruevas // con su buen porte, y brillante proceder en las insinuadas funciones que evidencien // el acendrado amor que profesa al Rey Nuestro S[eñ]or [tachado, y Real familia]; su anhelo por // el buen orden, y el respeto que tiene a las lexítimas Autoridades; evitando de esta // suerte el tener que acordar las serias Providencias que son imprescindibles en otro ca // so contra los contraventores; Y para que llegue a noticia de todos se fixa el presente // en Toledo a diez y ocho de Abril de mil ochocientos veinte y quatro. Don Juan María Ruano [rúbrica] // Por mandado de Su Señoría // Alfonso María de Cotto [rúbrica] // Escribano mayor Interino //