Castilla la Mancha: Subvenciones para fomentar contratación indefinida y en especial a mayores de 45 años. - Ayuntamiento de Toledo

CONCESION DIRECTA DE SUBVENCIONES DE CARACTER EXCEPCIONAL, PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACION INDEFINIDA, Y EN ESPECIAL DE PERSONAS MAYORES DE 45 AÑOS
Plazo de resolución: DOS MESES
Efectos silencio: Desestimatorio

Plazo de presentación de solicitudes:

Del Mar, 18 Jul 2017 al Jue, 30 Nov 2017

Objeto:

Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la formalización de contratos por tiempo indefinido, a jornada completa.

Destinatarios:

Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro, de carácter privado.

Requisitos:

Aparte de los requisitos generales:
-Que el puesto de trabajo objeto de subvención se genere en el territorio de Castilla-La Mancha.
-No haber realizado extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido unas u otros declarados judicialmente o reconocidos por el empresario ante el servicio de mediación arbitraje y conciliación, como improcedentes, así como no haber realizado despidos colectivos, suspensiones de contratos o reducciones de jornada en los supuestos contemplados por los artículos 51 y 47 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
-Que la contratación indefinida por la que se solicita la subvención suponga un incremento neto del empleo fijo de la empresa con relación a la plantilla en los noventa días anteriores a la contratación, incluyendo únicamente bajas no voluntarias.

Importe:

a) 5.300 euros, cuando la persona contratada sea menor o igual a 29 años, o esté comprendida entre los 45 y los 54 años.
b) 4.000 euros, cuando la persona contratada esté comprendida entre los 30 y los 44 años.
c) 6.000 euros, cuando la persona contratada tenga 55 o más años.
Más 700 y 1.000 euros según circunstancias concurrentes.
Incremento en un 20% de la ayuda en zonas ITI.

Criterios:

El sistema de concesión será por concesión directa, la instrucción la realizará las Direcciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Lo resolverá la Dirección General de Programas de Empleo, otorgándose según el orden de entrada de las solicitudes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se acompañe la totalidad de la documentación exigida en cada tipo de ayuda, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria que se publicará anualmente mediante resolución.

Documentación a aportar:

– Escritura pública de constitución y estatutos debidamente inscritos en el registro correspondiente, número de identificación fiscal y escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica.
– Si es persona física, documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso.
– Autorización del trabajador, para cuya contratación se solicita la subvención, para comprobar sus datos laborales y académicos, así como declaración de ser conocedor de que la ayuda solicitada está cofinanciada por el FSE.
– Documentación acreditativa de que la persona contratada es una mujer víctima de violencia de género, en su caso.
– Documentación acreditativa de que la persona contratada se encuentre en riesgo de exclusión social, en su caso.
– Documentación acreditativa de que la persona contratada procede de una empresa de inserción, en su caso.

Lugar de presentación:

Las solicitudes se presentarán únicamente telemáticamente, con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

Información Adicional:

Contratos subvencionables:
-Que se formalicen con personas que en momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y sean desempleadas de larga duración.
-Que sean a jornada completa. En contratos por tiempo indefinido fijos-discontinuos y contratos indefinidos a tiempo parcial, la suma de la jornada en cómputo anual deberá ser igual o superior al 50% de la jornada ordinaria de la empresa.
-En el contrato constará expresamente una cláusula que indique que ¿La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020 de Castilla-La Mancha¿.

Marco legal:

DOCM: 11/07/16 Decreto 29/2016, de 05/07/2016, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida y en especial de personas mayores de 45 años. Extracto BDNS (Identif.): 311455.
DOCM: 17/07/17 Decreto 42/2017, de 11 de julio, por el que se modifica el Decreto 29/2016, de 5 julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida y en especial de personas mayores de 45 años.

Más en: http://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2017/07/17/pdf/2017_8542.pdf&tipo=rutaDocm